jueves, 4 de julio de 2013

PUBLICIDAD



Has cometido un error al fijar el precio de un producto y el consumidor insiste en que tiene derecho a adquirirlo a este precio. Es cuando te preguntas: ¿es imperdonable cualquier error o tienes la posibilidad de negarte a vender el producto alegando simplemente la existencia de un error tipográfico? ¿Podrías, en adelante, solucionar esta problemática incluyendo una cláusula que diga precios válidos “salvo error tipográfico” o “hasta fin de existencias”?

Publicidad vinculante. La publicidad no debe constituir nunca un medio para abusar de la buena fe del consumidor. Por este motivo, el contenido de las ofertas comerciales dirigidas a consumidores y usuarios son vinculantes para la empresa, lo cual significa que los consumidores pueden exigir que se produzca la venta en los términos anunciados en la oferta y sea el empresario quien soporte todas las consecuencias del error. Apunte: son consumidores las personas físicas y jurídicas que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.
Excepciones. No existen excepciones a esta regla en la normativa sobre consumo por lo que básicamente han sido las decisiones de los tribunales, arbitrajes de consumo y el jurado de autocontrol en el sector publicitario las que han modulado, caso por caso, las consecuencias de este tipo de errores y quién debe asumirlos, si bien, en la mayoría de los casos la publicidad se ha considerado vinculante para el empresario. 

Ejemplos: Ofrecer videoconsolas por 56€ (valoradas por 300€), cámaras digitales por 30€ (valoradas en 100€), coches por 9000 euros (valorados en 45.000€) son algunos de los casos reales ocurridos en España en los que el empresario ha quedado vinculado por los precios anunciados pese a la existencia aparente de un error.

Atención. Este resultado se puede invertir cuando es el consumidor quien, de mala fe, ejerce su derecho frente a la empresa anunciante con el fin de aprovecharse del error en la oferta; por ejemplo, exigiendo la venta de una motocicleta por 13€.

Salvo error tipográfico. Incluir una cláusula que diga que los precios son válidos salvo error tipográfico es una práctica habitual que persigue mitigar o incluso anular los efectos de un posible error. Apunte:  Su eficacia jurídica es limitada dado que, con carácter general, este tipo de cláusulas se consideran abusivas porque con ellas se hace depender la obtención del producto a la decisión del empresario quien en cualquier momento podría alegar la existencia del error para desvincularse de su oferta y dejar sin efecto la intención de compra manifestada por el consumidor.

Expresiones similares. Si indicas que el precio de un producto es válido hasta fin de existencias, este tipo de expresión también se puede considerar un abuso a la buena fe de los consumidores sino queda bien delimitada. Apunte: Es necesario que limites objetivamente tu oferta; por ejemplo con un mensaje que especifique el número de existencias disponibles y la fecha de finalización de la oferta.

Adopta medidas. En caso de que adviertas un error, preocúpate por avisar del mismo y corregirlo con la máxima rapidez posible, preferiblemente a través del mismo canal publicitario en el que se difundió el precio erróneo: página web, catálogo, cartel en el propio establecimiento, etc. Esta medida te ayudará a reducir el riesgo de que los consumidores se aprovechen masivamente del error y al mismo tiempo te conferirá mayores opciones de defender que se trata de un error manifiesto que, como tal, no debe vincularte. Intenta también llegar a acuerdos con los clientes que traten de materializar la oferta. Apunte: Ten en cuenta que, en ocasiones, especialmente si la cuantía de la reclamación no es significativa, es preferible llegar a acuerdos que exponerse a demandas que pueden concluir en sanciones económicas más importantes, además de daños a la imagen de la empresa.
“Con carácter general cláusulas como “precios válidos salvo error tipográfico” o “hasta agotar existencias” se consideran abusivas y no pueden ser invocadas por la empresa para negarse a cumplir con los precios anunciados. En cualquier caso, una vez advertido el error, haz todo lo posible para avisar de su existencia y corregirlo”.







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